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Infracciones que restan puntos

La mayor parte de las multas no quitan puntos.

Multas que quitan 6 puntos

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
    • Más de 0,50 mg/l de aire aspirado para todos los conductores excepto los que tengan establecida una tasa menor
    • Más de 0,30 mg/l de aire aspirado para conductores profesionales y titulares de permisos con menos de dos años de antigüedad.
  • Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.
  • Conducir de forma manifiestamente temeraria.
  • Circular en sentido contrario al establecido.
  • Conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
  • Sobrepasar en más de un 50 % la velocidad máxima autorizada, siempre que suponga superar, al menos, en 30 kilómetros por hora dicho límite máximo.
  • El exceso en más del 50 % en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. Es la única multa de transportes que quita puntos.

Multas que quitan 4 puntos

  • Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: o Entre 0,25 mg/l ya 0,50 mg/l de aire aspirado para todos los conductores excepto los que tengan establecida una tasa menor. o Entre 0,15 mg/l y 0,30 mg/l de aire aspirado para conductores profesionales y titulares de permisos con menos de dos años de antigüedad.
  • Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido.
  • Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 % o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos.
  • Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación.
  • Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía.
  • Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 40 km/h salvo que esté incurso en retirada de 6 puntos.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, y en los semáforos con la luz roja encendida.
  • Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida.
  • Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado.
  • No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación.

Multas que quitan 3 puntos

  • Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 30 km/h hasta 40km/h.
  • Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la Ley y el reglamento.
  • No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen reglamentariamente.
  • Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad, en los casos y condiciones que se determinen reglamentariamente.

Multas que quitan 2 puntos

  • Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 20 km/h hasta 30 km/h.
  • Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente.
  • Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano.
  • Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares.
  • Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente.
  • Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente.

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