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Ayudas estatales y autonómicas rehabilitación de viviendas

Llanes, 21 de octubre 2021

 

Abierta hasta el 15 de noviembre la convocatoria de ayudas estatales y autonómicas para la rehabilitación de viviendas

Hasta el 15 de noviembre permanecerá abierta la convocatoria para solicitar

ayudas económicas para mejorar la calidad de la edificación en viviendas unifamiliares y en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas y, en particular, de su conservación y de su accesibilidad universal.

Pueden realizar peticiones quienes cumplan los siguientes requisitos:

En caso de viviendas unifamiliares y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva para las que se solicite ayuda de forma independiente:

  • Estar finalizados antes de 1996.
  • Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.
  • Disponer de un informe realizado por técnico competente justificando la necesidad de la obra.
  • Disponer de documento técnico (proyecto o ficha técnica) que describa suficientemente las actuaciones a realizar.

En caso de edificios de tipología residencial colectiva:

  • Estar finalizados antes de 1996.
  • Que, al menos, el 50% de las viviendas constituyan domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.
  • Que, al menos, el 70% de la superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
  • Disponer de un informe de evaluación de edificios con fecha anterior a la solicitud de la ayuda.
  • Disponer del acuerdo de la junta de propietarios de la comunidad o agrupación de comunidades, con desglose del coste de la obra por vivienda.

Las obras deberán iniciarse o estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2018 y no haber recibido subvenciones por el mismo objeto en convocatorias anteriores.

Cuando el importe del coste de la obra supere los 40.000 €, el beneficiario deberá presentar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores. (Quedan exceptuadas de este requisito las obras iniciadas con anterioridad a la publicación de la convocatoria).

Todas las actuaciones incluirán, a efectos de determinar el coste total:

  • Los honorarios profesionales.
  • El coste de redacción de los documentos técnicos y certificados necesarios, incluido el informe de evaluación de edificios.
  • Gastos derivados de la tramitación administrativa.
  • Otros gastos generales, debidamente justificados.

No se incluirán impuestos, tasas y tributos.

 (…)

-Más información:

AYUD0027T01 - Ayudas estatales y autonómicas para obras de rehabilitación de edificios - Sede Electrónica (asturias.es)