BOPA. Convocatoria Bolsa auxiliares de policía. - ayto-llanes
BOPA. Convocatoria Bolsa auxiliares de policía.
El Ayuntamiento de Llanes convoca la creación de una bolsa de empleo de auxiliares de policía local
En el BOPA de hoy viernes, 5 de febrero, aparece publicado este anuncio del Ayuntamiento de Llanes referido a la convocatoria para constituir una bolsa de empleo de auxiliares de policía local.
Los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles, entre el 6 y el 17 de febrero, para inscribirse.
Además de en el BOPA, los datos aparecen en el tablón de anuncios y la página web municipal, apartado de empleo (www.ayuntamientodellanes.com), del Ayuntamiento de Llanes.
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Bases para la constitución de una bolsa de empleo de Auxiliares de Policía Local.
1.¿Objeto de la convocatoria
1) Es objeto de las presentes bases la selección del personal que ha de constituir la Bolsa de Empleo para atender las necesidades de provisión de personal temporal del Servicio de la Policía Local del Ayuntamiento de Llanes, en régimen interino, como Auxiliar de Policía (Subgrupo C2 de acuerdo con la disposición transitoria tercera del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en adelante TREBEP), y todo ello con pleno respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad previstos en nuestro ordenamiento jurídico. La/s plaza/s referida/s está/n adscrita/s al Servicio de Policía Local de este Ayuntamiento, con las características y las funciones previstas en el art. 24 de la Ley del Principado de Asturias 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales, publicada en el BOPA el 10/04/2007, según el cual: ¿1.¿Los concejos en los que se produzca una gran afluencia de población en época estacional podrán disponer transitoriamente de auxiliares de policía, que prestarán sus servicios por un período máximo de cuatro meses al año. Las plazas de auxiliares de policía podrán convocarse siempre que estén previstas y consignadas en los presupuestos generales de la corporación. 2.¿Los auxiliares de policía deben incorporarse al servicio en la condición de funcionarios interinos encuadrados en el grupo D de clasificación, ostentando por ello la condición de agentes de la autoridad y desarrollando las mismas funciones que los vigilantes municipales, no pudiendo portar armas de fuego¿ El nombramiento de funcionarios interinos sólo podrá realizarse con personas incluidas en la Bolsa de Trabajo vigente en cada momento para la categoría profesional de Auxiliar de Policía Local, objeto de la presente convocatoria. 2) El sistema selectivo elegido es el de concurso-oposición. 3) Las bases de la presente convocatoria y sus anexos constituirán la norma rectora del procedimiento selectivo con fuerza de obligar al Ayuntamiento, al Tribunal Seleccionador y a los aspirantes, sin perjuicio de la posibilidad de revisión en vía de oficio o en vía de recurso.
2.¿Condiciones de admisión de los aspirantes Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del RDL 5/2015, de 30 octubre, del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. c) Tener cumplidos 18 años y no sobrepasar de los 30 antes de que finalice el plazo de presentación de instancias. Se entiende que se excede el límite de edad de 30 años cuando se hayan cumplido efectivamente 31 años. d) Estar en posesión del título de Graduado escolar o equivalente. e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida o menoscabe el desempeño de sus funciones. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración estatal, autonómica ni local, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente en su Estado, en los mismos términos al acceso al empleo público. g) Estar en posesión del permiso de conducción B o su equivalente. h) Medir como mínimo 1,65 metros de altura los varones y 1,60 metros las mujeres. i) Carecer de antecedentes penales. Todos los requisitos enumerados se entenderán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No obstante y en todo caso, estos requisitos deberán cumplirse igualmente a la fecha de nombramiento del aspirante, en caso de producirse éste.
3.¿Forma y plazo de presentación de instancias Una vez aprobada la convocatoria por la Concejalía Delegada de Personal, se publicará anuncio en el BOPA, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal (www.ayuntamientodellanes.com)
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