III Premio al Pueblo Ejemplar del concejo de Llanes 2019

III Premio al Pueblo Ejemplar del concejo de Llanes 2019

Llanes mantiene abierta hasta el 20 de noviembre la convocatoria del Premio al Pueblo Ejemplar 2019

 

El Ayuntamiento de Llanes mantiene abierto el plazo, hasta el próximo miércoles 20 de noviembre, para presentar candidaturas a la tercera edición del Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes 2019.

Los interesados pueden formalizar su candidatura en la Oficina Municipal de Registro.

El galardón está dotado con 12.000 euros para el ganador, 6.000 euros para el primer finalista y 2.000 euros para el segundo finalista.

En la convocatoria del año 2017 venció San Roque del Acebal y fueron finalistas Ardisana y Lledías. El año 2018 ganó Rales, siendo finalistas Lledías y Porrúa.

 

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO AL PUEBLO EJEMPLAR DE LLANES  2019

Con el fin de favorecer la promoción y desarrollo de los pueblos y parroquias del Concejo de Llanes, estimulando la participación ciudadana en la consecución de este objetivo, el Ayuntamiento de Llanes convoca el PREMIO AL PUEBLO EJEMPLAR DE LLANES.

Este Premio pretende distinguir y premiar al pueblo, núcleo de población o parroquia del Concejo de Llanes, que más haya destacado en el cuidado de su entorno y patrimonio, así como en la recuperación y revitalización de sus tradiciones, en iniciativas de impulso económico y social o en la realización de obras comunales u otras manifestaciones de solidaridad sobresalientes en el año en curso.

 

BASES

ARTÍCULO 1º: El Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes es un concurso de carácter anual, abierto a la participación de todos los pueblos, aldeas, caseríos y parroquias y lugares del Concejo, pudiendo ser otorgado a una aldea o lugar concreto o a una parroquia en su totalidad.

Esta edición limita su ámbito más geográfico al mundo más rural, excluyendo como participantes a los tres núcleos más poblados de Llanes, Posada y Nueva, sin perjuicio de la modificación de este criterio en futuras ediciones.

ARTÍCULO 2º: La convocatoria del Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes tiene como objeto premiar la participación ciudadana del concejo de Llanes en actuaciones de recuperación y revitalización de los recursos naturales, patrimoniales y culturales de los pueblos, núcleos rurales, así como el cuidado y mantenimiento de su entorno.

ARTÍCULO 3º: Pueden presentar candidaturas:

3.1.- Los Alcaldes de Barrio y Juntas Vecinales, acompañando acta de la aprobación en Concejo Vecinal.

3.2.-En aquellos núcleos donde no existe Alcalde de Barrio o Junta Vecinal, cualquier grupo de vecinos en número no inferior a 10.

Se aceptará una única propuesta por cada uno de los proponentes anteriormente mencionados.

 

ARTÍCULO 4º.- La convocatoria se realizará mediante anuncio que se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Llanes, así como en la prensa local.

ARTÍCULO 5º.- Las candidaturas se presentarán en un sobre cerrado, en cuyo exterior se indicará Premio al Pueblo Ejemplar de Llanes del año en curso.

Las candidaturas serán presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Llanes (C/Nemesio Sobrino s/n) o por cualquiera de los medios que se establecen según la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de candidaturas, que se declarará abierto con la aprobación de estas Bases, quedará cerrado a las 14:00 horas del día 20 de noviembre del año en curso.

ARTÍCULO 6º.- La documentación que deberá ser incluida en la presentación de cada candidatura es la siguiente:

1º.-Propuesta formal, explicando los motivos por los que se presenta la candidatura.

2º.-Documentación acerca del pueblo, aldea, núcleo de población, caserío, parroquia o lugar propuesto.

3º.-Se señalarán de manera independiente las actividades, logros, actuaciones o demás obras hechas en el año en que se otorga el premio.

Puede acompañarse también, si procede, apoyos a la candidatura y, en general, cuantos datos e información se consideren oportunos para fortalecer la propuesta.

ARTÍCULO 7º.- La candidaturas que no cumplan los requisitos anteriores no serán admitidas. En todo caso, la documentación presentada no será devuelta, ni se mantendrá correspondencia sobre la misma.

ARTÍCULO 8º.- Se valorarán positivamente las candidaturas que contemplen los siguientes aspectos:

-La conservación del equilibrio entre la actividad humana y el entorno natural de las zonas propuestas, así como la limpieza y el cuidado del hábitat rural.

-La rehabilitación de inmuebles de uso comunitario y/o elementos de interés cultural e histórico.

-La conservación de la arquitectura tradicional de la zona, la adaptación de las nuevas edificaciones a la tipología de la arquitectura asturiana.

-La conservación de edificaciones de interés histórico-artístico y elementos de interés cultural.

-La realización de trabajos comunitarios a favor de la localidad, del entorno y de elementos de utilidad pública.

-La recuperación de tradiciones.

- Iniciativas de impulso económico y social.

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