Son viviendas de primera residencia que los municipios ponen a disposición a aquellas/os vecinas/os que por sus circunstancias socioeconómicas no pueden optar a una vivienda en el mercado inmobiliario por medios propios.
Requisitos
Ser mayor de edad.
Ser residentes en el municipio con una antigüedad de 2 años, o justificar su vinculación laboral con el concejo.
No ser titulares ni usufructuarios/as de un derecho de vivienda.
No superar el límite de recursos económicos establecido.
Documentación
Impreso de Solicitud.
D.N.I.
Certificación de residencia.
Certificaciones de ingresos.
Justificación de necesidad de vivienda.
Certificación negativa de titularidades.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes
Centro Municipal de Servicios Sociales, en las fechas establecidas en BOPA.