Ticket del autónomo

 

Se aprueban la Convocatoria y las Bases Reguladoras de la convocatoria pública de las ayudas recogidas en el Programa de Fomento y Consolidación del Autoempleo. 

 

 

 

Convocatoria 

Resolución de 5 de noviembre de 2009 (BOPA 12 de noviembre de 2009) de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueba la Convocatoria Pública de las ayudas recogidas en el Programa de Fomento y Consolidación del Autoempleo, previsto en el Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar de Asturias. 

 

Bases Reguladoras 

Resolución de 5 de noviembre de 2009 (BOPA 12 de noviembre de 2009) de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las ayudas recogidas en el Programa de Fomento y Consolidación del Autoempleo, previsto en el Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar de Asturias. 

 

Beneficiarios 

Se podrán beneficiar de esta ayuda aquellas personas que, reuniendo los requisitos generales recogidos en las bases, decidan iniciar una actividad económica o profesional como trabajador o trabajadora autónoma en los términos establecidos en las mismas. 

 

Entre estos requisitos específicos, está el de obtener un Informe Favorable del Plan de Viabilidad de la actividad o negocio, emitido por alguno de los Centros de Empresa del Principado de Asturias. Para trabajar tu Plan de Viabilidad sigue los siguientes pasos: 

 

Centros de Empresa a los que acudir 

Información y localización de los centros: 

 
 

Solicitud telemática de la ayuda 

Como novedad, a partir del 21 de Noviembre de 2008 todos aquellos promotores que lo deseen, podrán tramitar la solicitud de las ayudas recogidas en el Programa de Fomento y Consolidación de Empleo previsto en el Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar de Asturias, de modo telemático. Las solicitudes de la ayuda estarán disponibles en el portal http://www.asturias.es/, apartado "Otros Servicios destacados, Ayudas y Subvenciones", en "Empleo", y buscando la línea correspondiente, o bien en los siguientes enlaces: 

 

Más información